#LaTutelaNoSeToca

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Este pasado lunes, la Corte Constitucional anunció que el número de tutelas presentadas ante los juzgados, tribunales y altas cortes llegó a los 7 millones. Casi en simultánea, se dio a conocer cómo el nuevo gobierno quiere “reformarla” en dirección a debilitarla y anular su capacidad reparadora.

Desde 1992, la acción de tutela, introducida en la Constitución de 1991, ha sido la tabla de salvación para las personas que no son atendidas en los servicios de salud, que son injustamente encarceladas o son discriminadas por su color, género o condición, entre tantas violencias institucionales y violaciones a los derechos de todo orden que solo la tutela permite remediar. De ahí que la tutela cumpla una doble función de garantía de derechos y de legitimación de las instituciones, tantas veces paquidérmicas e insensibles frente al sufrimiento de la gente.

Para darle el carácter de Constitución viviente y realizable en la vida de cada cual, el Constituyente del 91 diseñó la tutela para que fuera lo más accesible posible, pudiendo ser interpuesta ante cualquier juez, en todo momento y lugar, por la persona vulnerada o por quien actúe en su nombre y mediante un procedimiento sumario y preferente, con límite de diez días para su resolución.

La reforma busca emascularla con el falso argumento de “hacerla más efectiva,” como dijo a El Tiempo Juanita López, la viceministra de Justicia. Veamos las cuatro restricciones que se plantean en la llamada Reforma a la Justicia presentada a consideración del Congreso por el Gobierno Nacional. En primer lugar, solamente pueden presentarla las personas directamente afectadas restringiendo la posibilidad del agente oficioso en materia de protección de personas y comunidades vulnerables. La tutela que impidió que el Parque Tayrona se privatizara progresivamente en manos de hoteles boutique, sin atender los derechos de las comunidades indígenas de la Sierra Nevada, no se podría presentar como lo hicimos con éxito un grupo de abogados en 2014.

En segundo lugar, la tutela no se podrá presentar ante cualquier juez sino ante jueces especializados competentes en la materia. Suena bien, pero jueces especializados solo hay en unos cien municipios del país lo que restringiría seriamente el acceso a la tutela. Personas en más de novecientos municipios que solo cuentan con un solo juez promiscuo municipal quedarán sin acceso a esa mínima justicia.

Otra cortapisa es la introducción de la caducidad, es decir, poner un término a la posibilidad de presentarla, así la vulneración del derecho continúe desplegando sus efectos. Se argumenta que “no tiene sentido que sea interpuesta varios años después de la afectación del derecho,” cuando cada caso tiene sus características específicas y los casos de abuso, como lo ha afirmado Alejandro Linares, Presidente de la Corte Constitucional son muy pocos y fácilmente detectables. Finalmente, la reglamentación para interponer tutelas a las sentencias sería tan compleja que, en la práctica, se haría imposible su utilización. Regresamos a la infalibilidad de los magistrados lo cual no un buen consejero en materia de derechos fundamentales.

Las reformas a la justicia propuestas por el Gobierno, por parlamentarios de Cambio Radical y también del Centro Democrático deben ser desmenuzadas con pinzas. Estamos ante un embate como pocos en contra del corazón de la Constitución de 1991. La Corte Única, la inmunidad-impunidad parlamentaria y el tiro de gracia a la acción de tutela son contrarreformas que en pleno Siglo XXI un Congreso democrático no debe avalar. Por lo pronto, defendamos la tutela: #LaTutelaNoSeToca.

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